En este complicado momento, desde el COIM y con la ayuda de Howden Iberia ponemos a disposición de los posibles interesados este documento informativo con todos los pasos a seguir para gestionar los siniestros de sus seguros personales ante el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
1. Comunicar el siniestro a tu aseguradora. Lo habitual es que hagan ellos mismos la comunicación al CCS. Esta es la gestión más recomendable y la mayoría de las aseguradoras hacen la gestión en nombre de su asegurado.
2. Si la aseguradora no quiere o puede comunicar el siniestro al CCS. Hay que hacer la comunicación directamente al CCS.
- Cómo comunicar un siniestro en la web del CCS. Se puede comunicar por teléfono 900 222 665 o bien vía Web
- Qué documentación será necesaria para hacer la comunicación:
- Datos de la póliza de seguro: entidad aseguradora y número de póliza.
- Datos de quien presenta la comunicación de daños por teléfono y datos del asegurado, si usted fuera distinta persona que el asegurado deberá facilitar el correo electrónico y /o teléfono móvil del asegurado, además de la dirección postal y cualquier otro teléfono que quiera aportarnos.
- Datos para el pago de la indemnización: El Código Internacional de su Cuenta Bancaria IBAN (24 dígitos), compuesto de dos caracteres alfabéticos que identifican el país y dos dígitos de control; número de la entidad bancaria; número de la sucursal; y número de la cuenta corriente.
- En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si se encontrase en un taller para ser reparado, es muy recomendable facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de daños.
- Fecha del siniestro.
- Dirección postal completa, incluido el código postal, del lugar de ocurrencia del siniestro.
3. ¿Qué actuaciones puedes realizar antes de la visita del perito?:
- Hay que realizar un reportaje gráfico del alcance de los daños, cuanto más pormenorizado sea, mejor.
- Se puede ir acometiendo todos los trabajos y reparaciones que se estimen necesarias para recuperar la normalidad lo antes posible.
- Recopilar las facturas, presupuestos y documentación que acredite los gastos y costes incurridos en la realización de los trabajos.
4. Durante la intervención pericial:
- Lo más importante es que el perito pueda entender la magnitud del siniestro y de los daños sufridos, aunque ya se hayan reparado, para ello es crucial el reportaje fotográfico preliminar.
- Para la valoración de los bienes dañados, es preciso acreditar la preexistencia de estos: la preexistencia se puede acreditar mediante facturas originales si se dispone de ellas, en su ausencia también se puede acreditar mediante fotografías.
- Registrar y documentar todos los gastos incurridos, preferentemente, mediante facturas.
5. ¿Se puede cobrar un anticipo antes del cierre definitivo del siniestro?: Sí, para ello es preciso solicitarlo a través del perito del CCS.
6. ¿Cuál es la franquicia del CCS?
- Para empresas:
- Para los seguros de daños de empresas la franquicia de aplicación para el daño material es del 7% de la cuantía de los daños indemnizables.
- Para la pérdida de beneficios. Siempre que esté contratada esta garantía en la póliza de daños materiales, será de aplicación la misma franquicia que la considerada en la póliza.
- Para seguros de personas, automóviles, viviendas, comunidades de propietarios: No hay franquicia de aplicación para este tipo de seguros.
